La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) adecúa la normativa sobre facturación para facilitar las operaciones pautadas, facturadas y abonadas en moneda extranjera, teniendo en cuenta los cambios establecidos por el DNU "Bases para la Reconstrucción de la Economía Argentina"
La Resolución General 5616/2024, publicada en el Boletín Oficial, aclara el tipo de cambio a considerar en esas operaciones y actualiza las distintas modalidades de emisión de comprobantes para quienes realicen operaciones en moneda extranjera:
? Cuando se abonen en la misma moneda, deberá utilizarse el tipo de cambio vendedor divisa informado por el Banco Nación correspondiente al día hábil anterior al de la emisión de la factura.
? En los comprobantes electrónicos en moneda extranjera, cuando se informe que se cancela en la misma moneda, el sistema consignará el tipo de cambio automáticamente.
? Quienes utilicen controladores fiscales de nueva tecnología, para documentar operaciones en moneda extranjera que se cancelen en la misma moneda podrán utilizar "comprobantes en linea", el facturador web gratuito de ARCA para emitir los comprobantes electrónicos.
Las nuevas disposiciones alcanzan a los comprobantes clase "A", "B", "C", "E" y "T". La resolución establece un cronograma de implementación de las adecuaciones sistémicas que realizará ARCA para la emisión de dichos comprobantes.
El cronograma contempla las siguientes fechas:
En ambos casos, hasta la implementación de estos sistemas, el emisor del comprobante debe consignar manualmente el tipo de cambio establecido en la resolución.
5 de marzo de 2025: aplicación "Facturador Móvil" y "Facturador".
En el micrositio "Factura Electrónica" del sitio web institucional de este organismo se publicarán las monedas que registran cotización en el Banco de la Nación Argentina. Para aquellas monedas que no registren una cotización, el emisor del comprobante deberá informar el tipo de cambio utilizado.