Policiales Ocho meses de calvario

Fallo contra la DGE para que pague casi $4 millones a la familia de una niña víctima de bullying

Para la jueza, la escuela falló en su modo de abordaje del bullying y el Estado debe responsabilizarse e indemnizar a la familia de la niña

Miercoles, 25 de Junio de 2025


En una histórica definición, funcionarios judiciales determinaron que la Dirección General de Escuelas (DGE) debe pagarle $3.717.781,82 -más intereses- a la familia de una niña, quien sufrió situaciones de bullying durante ocho meses que derivaron en un trastorno de ansiedad y depresión.

La jueza, Jorgelina Iermoli Blanco, del Segundo Tribunal de Gestión Asociada de Mendoza. resaltó que el establecimiento educativo, dependiente del gobierno escolar, tenía una doble responsabilidad: una principal de brindar educación y otra accesoria de seguridad, entendida como el deber de garantizar la integridad física y moral de sus alumnos.

La segunda, para Iermoli Blanco, nunca se cumplió porque el establecimiento educativo carecía "de un protocolo de actuación ante sospecha de acoso escolar (bullying), ni tampoco de apoyo psicológico -ni mucho menos que se haya propiciado tal intervención desde un gabinete de esa especialidad-".

Además, sumó que la escuela recién tomo intervención un equipo interdisciplinario "cuando la situación de la hoy adolescente se tornó crítica y de alto riesgo para su salud psicofísica".

Por su parte, la DGE argumentó en su defensa tres puntos: que la niña fue "víctima de acoso psicológico fuera del ámbito escolar", que la institución tomó medidas preventivas y que las secuelas no fueron consecuencia del hecho.

Desde el gobierno escolar, representado por el abogado Miguel Angel Sottile, afirmaron que "no existe un daño cierto y real que sea indemnizable" y que "se ha roto la relación de causalidad", ya que el daño habría sido causado por "un tercero y no por la actividad escolar".

La historia de bullying comenzó en 2021 cuando una niña de 11 años comenzó a ser hostigada por un compañero de su misma edad. Ambos cursaban el quinto grado de la escuela de Ciudad, que depende de la Dirección General de Escuelas (DGE).

Según la denuncia presentada de la familia de la menor de edad, el niño agresor la golpeaba, empujaba, le realizaba zancadillas, la insultaba y la descalificaba.

Incluso, de acuerdo a lo descripto en el fallo, la situación escaló en el inicio del ciclo lectivo de 2022. El 26 de mayo de ese año, a la salida de la escuela, la hermana del agresor amenazó con golpear a las hermanitas de la agredida y las insultó.

El padre del niño también participó, insultaba a las niñas y arengaba a su hija mayor para que golpee a las hermanas de la alumna que sufría bullying.

Luego de ese episodio, la situación derivó en una crisis de angustia para la niña y debió ser trasladada al hospital Notti al día siguiente.

El equipo de salud mental del Notti determinó que debía permanecer cuatro días internada. En su internación, un trabajador social dependiente del mencionado establecimiento de salud se comunicó con la escuela de Ciudad para solicitar el cambio de turno de la niña.

Según los abogados que representan a la familia, la escuela tardó en efectuar ese cambio y, además, señalaron que la institución optó por mover a la niña víctima a otro turno y no al agresor, lo que produjo que perdiera contacto con sus amigas.

La situación se complicó aún más, ya que la familia tuvo que inscribirla en una segunda escuela donde también sufrió bullying, y finalmente, en una tercera institución educativa.

Según la pericia médica, la niña sufrió una incapacidad psíquica del 18%, que afectó en lo más central de la personalidad, como lo es la autoestima y la autoimagen, con consecuencias emocionales, actitudinales y comportamentales.

Con el caso planteado, la jueza Iermoli Blanco resolvió obligar a la DGE a indemnizar a la familia de la niña con $3.717.781,82 por daño moral. La decisión se fundamentó en la posibilidad de los padres de adquirir una computadora para su hija, como parte de la reparación económica.

No obstante, la magistrada dejó fuera del monto la compensación por los gastos médicos que la familia alegó, señalando que "la niña no tiene legitimación para solicitar ese tipo de resarcimiento".

En una de sus justificaciones, explicó: "Observo que la escuela inexplicablemente se limitó a confeccionar numerosas actas, pero sin propiciar, durante ochos meses, ninguna medida de acción efectiva para lidiar adecuadamente con el conflicto que existía entre los niños".

De esta forma, la Justicia sancionó a la escuela de Ciudad por fallar en la actuación ante un caso de bullying y responsabilizó al Estado para indemnizar a la familia de la niña.