Argentina Nuevo revés judicial

Cristina Kirchner seguirá con tobillera electrónica: rechazaron sus pedidos para flexibilizar la prisión domiciliaria 

 El Tribunal Oral Federal 2 mantuvo sin cambios las condiciones de detención de la ex presidenta. También rechazó modificar el régimen de visitas y ampliar el uso de la terraza de su departamento.

Viernes, 5 de Junio de 2026

El juez Rodrigo Giménez Uriburu rechazó este viernes los planteos presentados por la defensa de Cristina Kirchner para flexibilizar las condiciones de su prisión domiciliaria y resolvió que continúe utilizando tobillera electrónica, mantenga las restricciones de visitas y siga sometida a las limitaciones impuestas para el uso de la terraza de su departamento de la calle San José.

La decisión fue adoptada por el juez Uriburu, del Tribunal Oral Federal N° 2, quien descartó que existan razones nuevas que justifiquen modificar las condiciones bajo las cuales la expresidenta cumple la condena desde junio de 2025 por la causa Vialidad.

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 La defensa, encabezada por Carlos Beraldi y Ary Llernovoy, había solicitado tres cambios concretos: eliminar el régimen especial de visitas, quitar la tobillera electrónica y levantar las restricciones para acceder a la terraza del edificio. Sin embargo, el magistrado concluyó que ninguna de esas pretensiones tenía sustento suficiente.
La tobillera

Uno de los puntos de la resolución fue el rechazo al pedido para retirar el dispositivo electrónico de monitoreo. La defensa argumentó que Cristina Kirchner cumplió todas las reglas impuestas durante casi un año de prisión domiciliaria y que no existía riesgo alguno de fuga.

Pero el tribunal respondió que la utilización de la tobillera constituye la regla general prevista por la ley para quienes cumplen condenas bajo esta modalidad. "La utilización del dispositivo constituye la regla legal establecida por el legislador, mientras que su dispensa reviste carácter estrictamente excepcional", sostuvo el juez.

El fallo recuerda además que la Cámara Federal de Casación Penal y la Corte Suprema ya habían avalado previamente la colocación del dispositivo. En uno de los párrafos del fallo, el magistrado señaló que la ley no exige demostrar un peligro concreto de evasión para imponer el monitoreo electrónico.

"La ley no condiciona su implementación a la previa acreditación de un peligro concreto de evasión en cada caso particular", afirmó. Y agregó que el simple paso del tiempo tampoco habilita su retiro. "No establece un cese automático de la medida ni consagra una presunción a favor de su levantamiento por el mero paso del tiempo", citó el tribunal de un fallo previo de Casación.

La ex mandataria también había pedido eliminar el régimen especial de visitas o, al menos, volver al esquema original que regía cuando comenzó la prisión domiciliaria. El tribunal rechazó ese planteo al considerar que las restricciones fueron revisadas y confirmadas en reiteradas oportunidades por instancias superiores.

Según el juez, el hecho de que Cristina Kirchner haya cumplido correctamente las reglas de conducta no alcanza para modificar el sistema actual. "El adecuado cumplimiento observado durante la ejecución de la pena constituye un elemento esencial de la decisión favorable a la continuidad de la modalidad domiciliaria", sostuvo.

Pero aclaró que ese comportamiento "dista de configurar, por sí solo, una circunstancia novedosa o sobreviniente" que justifique eliminar las restricciones. El fallo insiste en que las limitaciones no tienen una finalidad punitiva adicional sino que buscan garantizar el control de la ejecución de la pena y preservar la convivencia con los vecinos.

Las reglas vigentes, sostuvo el magistrado, son "instrumentos razonables de organización y supervisión orientados a asegurar el adecuado cumplimiento de la pena".

Fuente: Ámbito