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La Justicia federal rechazó un hábeas corpus de la UCR contra el DNU que amplía facultades de la SIDE

El juez Daniel Alonso desestimó un recurso preventivo que buscaba frenar el DNU 941/2025, cuestionado por habilitar la aprehensión de personas en ciertos supuestos. El magistrado sostuvo que no se acreditó una amenaza "cierta, concreta o inminente" a la libertad ambulatoria y elevó el caso a la Cámara Federal para su revisión.

Jueves, 29 de Enero de 2026

El juez federal de Paraná Daniel Alonso rechazó un hábeas corpus presentado por dirigentes y abogados vinculados a la UCR para suspender la aplicación del DNU 941/2025, con el que el Gobierno reformó el sistema de inteligencia y amplió atribuciones de la Secretaría de Inteligencia del Estado (SIDE). La presentación había sido impulsada por Rubén Alberto Pagliotto, Raymundo Artur Kisser y Armando Rafael Aquino Britos, y fue tratada durante la feria judicial tras la habilitación dispuesta por el magistrado.

El eje del planteo apuntaba a la cláusula del decreto que prevé que el personal de inteligencia pueda proceder a la aprehensión de personas en determinadas circunstancias -entre ellas, delitos en flagrancia-, un punto que generó críticas de distintos espacios políticos y organizaciones. El texto del DNU, publicado en el Boletín Oficial el 2 de enero de 2026, incorporó esa facultad dentro de la Ley 25.520.

En su resolución, Alonso consideró que el decreto no permite inferir, ni siquiera de modo indiciario, una limitación o amenaza actual a la libertad ambulatoria, y que el hábeas corpus no demostró una amenaza "cierta, concreta o inminente", criterio que el fallo asoció a la jurisprudencia de la Corte Suprema citada en la presentación. Por eso, desestimó el recurso que pretendía declarar la inconstitucionalidad del DNU por una supuesta restricción a la circulación de los ciudadanos.

Más allá de la decisión en Paraná, la discusión de fondo seguirá abierta por dos carriles. En lo judicial, porque el juez elevó su decisión a la Cámara Federal de Apelaciones de su jurisdicción para que evalúe lo resuelto. En lo político, porque el DNU 941/2025 continúa bajo la lupa pública por el alcance de la reforma y por el debate sobre si un decreto puede o no introducir cambios sensibles en materia de atribuciones estatales vinculadas a libertad personal y sistema de inteligencia.