El juez Daniel Alonso desestimó un recurso preventivo que buscaba frenar el DNU 941/2025, cuestionado por habilitar la aprehensión de personas en ciertos supuestos. El magistrado sostuvo que no se acreditó una amenaza "cierta, concreta o inminente" a la libertad ambulatoria y elevó el caso a la Cámara Federal para su revisión.
El juez federal de Paraná Daniel Alonso rechazó un hábeas corpus presentado por dirigentes y abogados vinculados a la UCR para suspender la aplicación del DNU 941/2025, con el que el Gobierno reformó el sistema de inteligencia y amplió atribuciones de la Secretaría de Inteligencia del Estado (SIDE). La presentación había sido impulsada por Rubén Alberto Pagliotto, Raymundo Artur Kisser y Armando Rafael Aquino Britos, y fue tratada durante la feria judicial tras la habilitación dispuesta por el magistrado.
El eje del planteo apuntaba a la cláusula del decreto que prevé que el personal de inteligencia pueda proceder a la aprehensión de personas en determinadas circunstancias -entre ellas, delitos en flagrancia-, un punto que generó críticas de distintos espacios políticos y organizaciones. El texto del DNU, publicado en el Boletín Oficial el 2 de enero de 2026, incorporó esa facultad dentro de la Ley 25.520.
En su resolución, Alonso consideró que el decreto no permite inferir, ni siquiera de modo indiciario, una limitación o amenaza actual a la libertad ambulatoria, y que el hábeas corpus no demostró una amenaza "cierta, concreta o inminente", criterio que el fallo asoció a la jurisprudencia de la Corte Suprema citada en la presentación. Por eso, desestimó el recurso que pretendía declarar la inconstitucionalidad del DNU por una supuesta restricción a la circulación de los ciudadanos.
Más allá de la decisión en Paraná, la discusión de fondo seguirá abierta por dos carriles. En lo judicial, porque el juez elevó su decisión a la Cámara Federal de Apelaciones de su jurisdicción para que evalúe lo resuelto. En lo político, porque el DNU 941/2025 continúa bajo la lupa pública por el alcance de la reforma y por el debate sobre si un decreto puede o no introducir cambios sensibles en materia de atribuciones estatales vinculadas a libertad personal y sistema de inteligencia.