El imputado admitió los hechos en un juicio abreviado. La sentencia ya es firme y prohíbe su regreso a la actividad deportiva.
La Justicia de Mendoza condenó este martes por la mañana a ocho años de prisión efectiva a Claudio Iván Famar (34), exjugador y entrenador de hockey sobre patines, por haber abusado sexualmente de siete alumnas de entre 10 y 12 años. La sentencia fue dictada tras un juicio abreviado en el que el acusado confesó los delitos y quedó inhabilitado de por vida para volver a dirigir.
El fallo fue dictado por el juez Carlos Torres, del Tribunal Penal Colegiado N°1, quien homologó el acuerdo alcanzado entre la defensa del imputado, a cargo de Cristian Vaira Leyton y María Celeste Aguirre, y el fiscal de la Unidad de Integridad Sexual, Gonzalo Marzal. La querella, representada por los abogados Sergio Salinas y Francisco Machuca, no se opuso al acuerdo durante la audiencia celebrada en el Polo Judicial.
Famar fue condenado por el delito de abuso sexual gravemente ultrajante, agravado por su condición de encargado de la educación, en concurso real. Hasta ahora, el acusado se encontraba con prisión domiciliaria, bajo caución de tres millones de pesos. Con la sentencia firme, será trasladado próximamente a un establecimiento penitenciario para cumplir su condena.
Los hechos ocurrieron en el Club Godoy Cruz Antonio Tomba y en Petroleros YPF, donde Famar ejercía como entrenador de todas las categorías masculinas, el equipo femenino senior y brindaba clases especiales. Las víctimas eran alumnas de entre 10 y 12 años, que relataron en Cámara Gesell un patrón de abuso similar: el imputado las apartaba durante los entrenamientos y cometía tocamientos indebidos.
El caso salió a la luz en junio de 2023, tras las primeras denuncias realizadas por las familias. El 23 de ese mismo mes, Famar fue detenido. Durante el proceso judicial, la defensa intentó evitar el juicio mediante dos oposiciones de elevación, ambas rechazadas por el juez Federico Martínez.
Durante la causa también se reflotó una denuncia presentada en 2012 por una joven de 18 años, por hechos ocurridos en una casa de Chacras de Coria. Aunque fue declarada prescripta, el antecedente fue considerado como un elemento de contexto relevante por el tribunal.
La sentencia ordena, además, notificar a la Asociación Mendocina de Patín (AMP) y al Gobierno provincial para garantizar que Famar no pueda volver a ocupar cargos de entrenamiento o formación deportiva una vez cumplida la pena.
Fuentes del caso destacaron que el juicio abreviado evitó que las menores debieran reiterar sus testimonios en un juicio oral, ya que todas habían declarado previamente durante la instrucción. La querella había exigido desde el inicio una pena de encierro efectivo, objetivo que se logró con la admisión de los hechos por parte del acusado.
El caso generó una fuerte conmoción en el ámbito deportivo mendocino y puso el foco en la necesidad de controles más estrictos sobre quienes ejercen tareas con menores en clubes e instituciones deportivas.