El Instituto Provincial de la Vivienda extendió el régimen y modificó el criterio para incluir deudas de bajo monto que habían quedado fuera del beneficio.
El Instituto Provincial de la Vivienda resolvió prolongar por un año el régimen especial que permite a los adjudicatarios cancelar sus créditos con quitas significativas. La decisión, formalizada mediante la Resolución 1088 publicada en el Boletín Oficial, mantiene vigente la Ley 9571 hasta el 31 de agosto de 2027.
El organismo introdujo además un cambio clave: ahora se tomará como referencia la fecha más favorable para el vecino al momento de determinar el inicio del recupero. De esta manera, se podrán considerar indistintamente la entrega de la vivienda, la adjudicación o el comienzo del crédito, siempre que alguno de esos hitos haya ocurrido antes del 30 de noviembre de 2017.
El mandatario celebró los dichos de Donald Trump en torno a la causa argentina. Además, lamentó el retiro de Messi de la Selección argentina.
Con este ajuste, se busca destrabar situaciones que habían dejado fuera del beneficio a viviendas y créditos de bajo monto debido a inconsistencias administrativas en los registros. El área informática del IPV actualizará las bases de datos para dar por canceladas de oficio las cuentas que cumplan con los requisitos, evitando trámites adicionales y costos innecesarios.
Los beneficios incluyen descuentos de hasta el 60% para quienes cancelen en un solo pago, especialmente en casos donde el saldo de capital y mora no supera el equivalente a dos salarios mínimos. También se contemplan porcentajes menores según la antigüedad del crédito y la situación de pago.
La medida apunta a depurar la cartera crediticia, reducir la cantidad de cuentas abiertas por montos mínimos y permitir que más familias avancen en la escrituración de sus hogares. Con esta prórroga, miles de adjudicatarios tendrán la posibilidad de regularizar su situación y acceder a la seguridad jurídica de la escritura definitiva.