El Senado convirtió en ley la enmienda constitucional para avanzar en la autonomía municipal en los 18 departamentos.
La Legislatura de Mendoza convirtió en ley este martes la reforma constitucional que incorpora la autonomía municipal en la provincia, tras la aprobación del proyecto en el Senado. La medida, impulsada por el Ejecutivo, deberá ser validada en un plebiscito.
Al tratarse de una modificación de la Constitución provincial, el paso siguiente será la consulta popular, prevista para las elecciones de 2027. Si la propuesta obtiene el respaldo de la mayoría absoluta de los votantes, el Gobierno deberá promulgarla y entrará en vigencia.
La iniciativa fue debatida intensamente en el recinto y finalmente sancionada con 28 votos a favor y 10 en contra. El oficialismo consiguió la mayoría especial gracias al acompañamiento de legisladores kirchneristas -Omar Parisi y Félix González- y del senador Duilio Pezzuti.
El presidente ruso camina por la cuerda floja: reconoce el descontento de la opinión pública, pero no ofrece indicios de que pueda renunciar a sus exigencias.
El contenido de la enmienda
El proyecto modifica el artículo 197 de la Carta Magna provincial para reconocer la autonomía de los 18 departamentos. Aquellos municipios que opten por no adherir continuarán bajo el régimen de la Ley Orgánica de Municipalidades.
Los principales puntos de la reforma son:
Autonomía municipal: reconocimiento formal en la Constitución.
Cartas orgánicas: cada municipio podrá redactar la propia y notificar a la Legislatura en un plazo de 30 días.
Limitación tributaria: se restringe la creación de nuevos gravámenes locales.
Carácter voluntario: cada comuna decidirá si avanza con su carta orgánica.
Ley Marco regional: la Legislatura definirá la formación de regiones entre municipios.
Además, se garantiza la participación de las comunas en el régimen de coparticipación provincial.