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Nuevo protocolo: cómo deben actuar los colegios de Mendoza ante un caso de bullying

La Dirección General de Escuelas (DGE) publicó este martes el nuevo protocolo de actuación para casos de bullying, que ya rige en todos los niveles y modalidades del sistema educativo provincial.

Miercoles, 8 de Octubre de 2025

La Dirección General de Escuelas (DGE) publicó este martes el nuevo protocolo de actuación para casos de bullying, que ya rige en todos los niveles y modalidades del sistema educativo provincial. El documento define lineamientos precisos para prevenir, abordar y hacer seguimiento de las situaciones de acoso escolar, tanto entre alumnos como en el entorno institucional.

La iniciativa se enmarca en una política integral de convivencia escolar y se complementa con el proyecto de ley provincial que prevé sanciones económicas a los padres de niños o adolescentes que ejerzan acoso.

El protocolo se estructura en tres momentos secuenciales: uno previo, enfocado en la prevención; otro, ante la sospecha o detección del hecho; y un tercero, posterior, que busca evitar la repetición del acoso y trabajar el impacto en la comunidad educativa.

Qué entiende la DGE por bullying

Según el documento oficial, el bullying no es un hecho aislado ni ocasional, es una forma de violencia sostenida en el tiempo, ejercida en una relación asimétrica de poder entre dos o más estudiantes. El fenómeno involucra a tres tipos de actores: agresores, agredidos y observadores, lo que exige un abordaje integral que incluya a las familias.

Los cuatro principios básicos de actuación

El protocolo dispone que, ante la presunción de acoso escolar, se actúe de manera inmediata siguiendo estos principios:

1. Comunicación inmediata: quien tome conocimiento debe informar al referente de convivencia escolar, acompañado por otro miembro de la comunidad educativa.

2. Confidencialidad: la información debe manejarse de forma reservada por el personal involucrado.

3. Intervención especializada: se debe dar participación a los Servicios de Orientación Escolar (SOE) o a la Dirección de Asistencia Educativa (DAE).

4. Acoso interinstitucional: si interviene más de una escuela, se debe establecer contacto formal entre ambas direcciones para una acción conjunta.

Los 8 pasos que deberán seguir las escuelas

El nuevo protocolo establece una secuencia de ocho pasos de actuación obligatoria en casos confirmados o sospechados de bullying:

1. Identificación. Distinguir si el hecho se trata efectivamente de acoso escolar, considerando la repetición, intención de dañar y desequilibrio de poder.

2. Documentación. Completar la Hoja de Registro de Caso e informar a los equipos técnicos (SOE/DAE).

3. Intervención con estudiantes. Realizar entrevistas por separado con las partes involucradas y testigos, garantizando la confidencialidad.

. Qué no hacer: minimizar la situación, culpar al estudiante víctima, enfrentar a las partes ni reunir a las familias en conjunto.

4. Comunicación con familias. Convocar a entrevistas personales y separadas con los adultos responsables del estudiante agredido y del agresor.

5. Plan de acción inmediato. Implementar medidas institucionales de protección y vigilancia, como supervisión en recreos o aulas.

6. Seguimiento del caso. Documentar la evolución del caso cada 15 días y ajustar las acciones según resultados.

7. Evaluación de la gravedad. Clasificar el caso (Leve, Moderado, Grave o Muy Grave) según frecuencia, intensidad y consecuencias.
Los casos graves implican la intervención directa del equipo directivo y organismos de protección de derechos.

8. Cierre del proceso. Registrar la resolución del caso y las medidas adoptadas para asegurar la no repetición.

Qué hacer después de un caso de acoso

En el tercer momento, la DGE indica que las escuelas deben continuar el trabajo institucional para reparar el daño y fortalecer la convivencia.
Entre las acciones sugeridas se encuentran:

    Espacios de reflexión grupal, para revisar las formas de relacionarse.
    Reforzar las normas de buen trato, dentro y fuera del aula.
    Analizar patrones de casos, para ajustar los proyectos educativos institucionales (PEI)

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