En los cuatro oasis productivos. Para la declaración de emergencia agropecuaria se tuvo en cuenta el decreto de Emergencia Provincial 43
Se trata de las zonas que figuran en el decreto de Emergencia Provincial 43 con fecha 15 de enero de 2025 y que incluyó a cientos de productores afectados por las inclemencias climáticas. Este incluye a las propiedades rurales en una importante cantidad de distritos de 13 departamentos de la provincia de los cuatro oasis de la provincia.
Las explotaciones agropecuarias afectadas por viento Zonda, helada y granizo en los departamentos y distritos que se detallan a continuación:
Productores cuya producción esté afectada como mínimo entre 50% y 80% por factores climáticos, meteorológicos, telúricos, biológicos o físicos.
Para acceder a las herramientas de asistencia, se debe acreditar ante la autoridad provincial, Dirección de Contingencias Climáticas, conforme a los establecido en la Ley provincial 9083, la destrucción del 50% de la producción si está ubicada en zona de emergencia agropecuaria o más del 80% si se encuentra en zona de desastre.