La nueva versión busca optimizar los trámites fiscales para los contribuyentes, mejorando la eficiencia administrativa y el control del organismo recaudador, con una implementación obligatoria a partir de su publicación.
La Agencia de Recaudación y Central Aduanero (ARCA) confirmó una actualización del sistema de gestión tributaria para algunos trámites impositivos y habrá una nueva versión del programa de "Devoluciones y transferencias".
La medida se confirmó a través de la Resolución General 5634/2025, publicada en el Boletín Oficial, con el objetivo de "mejorar la eficiencia administrativa y el control por parte del organismo recaudador".
este programa es utilizado por los contribuyentes para solicitar la devolución de pagos o ingresos en exceso, o para la transferencia de créditos impositivos del Impuesto al Valor Agregado (IVA) a terceros.
El texto oficial, junto con sus modificaciones y complementarias, establece los requisitos, plazos y formalidades para que los contribuyentes soliciten la devolución de pagos o ingresos en exceso. Es la base principal para las devoluciones.
Esta resolución regula los requisitos, plazos y condiciones para la transferencia a terceros de saldos a favor de libre disponibilidad del IVA. También creó el "Registro de Beneficios Fiscales en el Impuesto sobre los Créditos y Débitos en Cuentas Bancarias y otras Operatorias".
Este registro permite la reincorporación al registro y la solicitud de devolución de importes percibidos durante un período de exclusión.
Para pequeños contribuyentes, micro y pequeñas empresas, entidades sin fines de lucro y sector salud será un 25% sobre la tasa de interés resarcitorio vigente al momento de la implementación del régimen.
En el caso de las medianas empresas -Tramos 1 y 2- se aplicará un 40% sobre la tasa de interés resarcitorio vigente al momento de la implementación del régimen.
La adhesión podrá realizarse desde el 3 de febrero hasta el 30 de abril de 2025, ambos inclusive, a través del sistema informático "Mis Facilidades" con Clave Fiscal.
Requisitos:
¿Qué obligaciones se encuentran incluidas?
Todas las obligaciones vencidas hasta el 31 de diciembre de 2024, detalladas a continuación: