Economía & Negocios Atención contribuyentes

ARCA oficializó un plan de pago de deudas de hasta cuatro años: para quiénes es y cómo funciona

Además, la ex AFIP anunció la suspensión de embargos para entidades sin fines de lucro y contribuyentes del sector salud hasta julio de 2025.

Viernes, 27 de Diciembre de 2024
(77179)

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) pondrá a disposición planes de facilidades de pago de hasta cuatro años para las micro, pequeñas o medianas empresas, entidades sin fines de lucro, contribuyentes del sector de salud y pequeños contribuyentes, para regularizar sus deudas tributarias.

Por otra parte, la ex AFIP anunció que prorrogará hasta el 31 de julio de 2025 la suspensión de ejecuciones fiscales y embargos para entidades sin fines de lucro y contribuyentes pertenecientes al sector de salud. La medida será publicada en el Boletí­n Oficial.

¿Cómo es el nuevo plan de facilidades de pago? Las cuotas serán mensuales, iguales y consecutivas, a tasa fija (no se cambia la tasa de financiación durante la vigencia del plan de pagos). El plan anunciado por ARCA contiene una drástica reducción de la tasa de financiación y no requerirá ingreso de un pago a cuenta.

Con esta medida, el organismo busca brindar mayor flexibilidad a los contribuyentes para que puedan ponerse al dí­a con sus obligaciones tributarias no prescriptas, inclusive las no regularizadas en la moratoria recientemente finalizada.

La financiación de ARCA para pequeños contribuyentes, micro y pequeñas empresas, entidades sin fines de lucro y sector salud será un 25% sobre la tasa de interés resarcitorio vigente al momento de la implementación del régimen. En el caso de las medianas empresas -Tramos 1 y 2- se aplicará un 40% sobre la tasa de interés resarcitorio vigente al momento de la implementación del régimen.

¿Cómo acceder a los beneficios?

La adhesión podrá realizarse desde el 3 de febrero hasta el 30 de abril de 2025, ambos inclusive, a través del sistema informático "??Mis Facilidades"? con Clave Fiscal.
Requisitos:

  • Domicilio Fiscal Electrónico constituido.
  • Declaraciones juradas presentadas.
  • CUIT activa.
  • CBU informada.

¿Qué obligaciones se encuentran incluidas?

Todas las obligaciones vencidas hasta el 31 de diciembre de 2024, detalladas
a continuación:

  • Impositivas y de los recursos de la seguridad social, incluidas sus intereses y multas.
  • Retenciones y percepciones impositivas.
  • Multas impuestas, cargos suplementarios por tributos a la importación o exportación y liquidaciones de los citados tributos comprendidas en el procedimiento para las infracciones, así­ como sus intereses.