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Tras pagar un millón de euros de fianza, Dani Alves queda en libertad

El brasileño había recibido el 22 de febrero una condena de cuatro años y medio de prisión en la causa por abuso sexual a una joven en Barcelona.

Miercoles, 20 de Marzo de 2024

La Audiencia de Barcelona acordó dejar en libertad provisional al exjugador de la selección de Brasil Dani Alves tras pagar una fianza de un millón de euros, mientras se resuelven los recursos a la sentencia que lo condenó a cuatro años y medio de cárcel por abusar a una joven en una boliche de Barcelona.

La agencia de noticias EFE, que confirmó la noticia, aclara que la Audiencia de Barcelona resolvió que Alves pueda salir de prisión si paga la fianza impuesta, con la obligación de no salir del país, entregar sus dos pasaportes -español y brasileño- y presentarse semanalmente ante el tribunal.

En la audiencia, realizada ayer en la sección 21ª de Barcelona para decidir sobre la situación personal de Alves (que lleva en prisión provisional desde enero del año pasado), la Fiscalía y la acusación particular se opusieron a que quedara en libertad, mientras su defensa pidió su excarcelación argumentando que ya cumplió con una cuarta parte de la condena impuesta.

Dani Alves había recibido una condena de cuatro años y medio el 22 de febrero.

El documento oficial de la Justicia catalana


“LA SALA RESUELVE acordar la prisión provisional de DANIEL ALVES DA SILVA eludible mediante el pago de una fianza de 1.000.000 euros y en caso de verificarse el pago, y acordarse su libertad provisional se procederá a la retirada de los dos pasaportes, español y brasileño, la prohibición de salir del territorio nacional, y la obligación de comparecencia apud acta ante esta Audiencia Provincial semanalmente, así como cuantas veces sea llamado por la Autoridad Judicial.

Asimismo, se impone a DANIEL ALVES DA SILVA la medida de prohibición de aproximación a la persona de la denunciante a una distancia no inferior de 1.000 metros de su domicilio, lugar de trabajo y de cualquier otro lugar frecuentado por la misma, así como de comunicarse con ella por cualquier medio o procedimiento, hasta que recaiga sentencia firme; declarando de oficio las costas”.







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