Argentina Nueva medida

La justicia porteña limitó los abusos en las indemnizaciones laborales

Los montos deben actualizarse por el índice de Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE)

Jueves, 4 de Diciembre de 2025

Tras el fallo "Levinas" de la Corte Suprema, que estableció al Tribunal Superior de Justicia de Buenos Aires (TSJ) como el máximo tribunal de apelación para la justicia nacional dentro de la ciudad, el TSJ ha emitido dos fallos para estandarizar criterios en casos laborales y civiles. Primero, el TSJ confirmó que la compensación por accidentes laborales debe actualizarse utilizando el índice RIPTE, incluso para incidentes anteriores a 2019, rechazando los cálculos basados en la inflación. Esto contrasta con la jurisprudencia de la Cámara Laboral, que a menudo favorecía las perspectivas sindicales. 

Esta decisión se tomó en el caso "Valdez Carlos Alberto c/ Asociart SA Aseguradora de Riesgos del Trabajo s/ accidente - ley especial", donde el Tribunal confirmó que el Ripte es el índice aplicable para actualizar los créditos derivados de accidentes en el trabajo. 

Este enfoque fue adoptado previamente en "Boulanger c/ Provincia ART". Segundo, en casos civiles relacionados con daños y perjuicios, el TSJ estableció una tasa de interés anual fija del 8% para las obligaciones de valor, descartando las tasas financieras. Esto se determinó en el caso "Paraná S.A. de Seguros s/ queja (...) en Luna Jorge c/ Álvarez", en línea con el precedente "Barrientos" de la Corte Suprema. Estas resoluciones, aunque no exentas de disensiones, tienen como objetivo reducir la incertidumbre y armonizar la aplicación de las tasas de interés en los juicios laborales y civiles, consolidando el papel del TSJ como el tribunal local de última instancia.