Argentina Entrevista en Mnews El Observador

Pablo Teixidor, abogado constitucionalista sobre la condena de Cristina Kirchner: "Salir al balcón no está prohibido, alterar el orden público sí"

El  letrado afirmó que se trata de "una situación tan excepcional que es difícil encontrar antecedentes similares en el mundo".

Miercoles, 18 de Junio de 2025

Entrevistado en el programa La Verdad al Aire, en MNews Radio, El Observador Mendoza 106.1, ´Pablo teixidor abogado constitucionalista,  afirmó que se trata de "una situación tan excepcional que es difícil encontrar antecedentes similares en el mundo".

La Corte Suprema de Justicia de la Nación rechazó la queja presentada por la defensa de la expresidenta, lo que dejó firme la sentencia dictada en su contra por el Tribunal Oral Federal N.º 2, en el marco de la causa Vialidad. La condena incluye seis años de prisión e inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos.

Asimismo, Texidor destacó que, más allá de las posiciones ideológicas, se trata de un hecho institucional grave que debe invitar a la reflexión:

"No nos puede alegrar ni generar morbo. Es algo que debe entristecernos como sociedad".

En este marco, se otorgó a Fernández de Kirchner el beneficio de la prisión domiciliaria, atendiendo a su edad -más de 70 años- y su condición de persona vulnerable. La medida fue concedida por el TOF N.º 2 en contra de la opinión del Ministerio Público Fiscal, pero en línea con lo solicitado por su defensa.

¿Qué pasa con las demás causas?

Cristina Fernández de Kirchner tiene otros procesos judiciales pendientes, como la causa Cuadernos, que podría derivar en nuevas condenas. En caso de que haya sentencias condenatorias, las penas podrían acumularse.

"Cada causa avanza por su carril, pero si hay condenas, se acumulan y pueden sumar años de prisión", detalló Texidor.

Además, recordó que la condena firme actual implica inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos, según el artículo 36 de la Constitución Nacional. Esta disposición fue incorporada en la reforma de 1994.

"El delito contra el Estado está equiparado a la traición a la Patria"

Según el análisis del abogado, los delitos dolosos contra el Estado -como la corrupción- fueron equiparados constitucionalmente a los crímenes de lesa humanidad o golpes de Estado

"El artículo 36 impide el indulto a quienes cometieron delitos contra el Estado para su enriquecimiento personal", aseguró. Por ello, considera que Cristina no podría ser indultada ni por el actual presidente ni por un eventual futuro gobierno kirchnerista.

"La única forma de revertir esta inhabilitación sería reformando la Constitución Nacional", comentó Teixidor.

Un proceso largo, con demoras y privilegios

La causa Vialidad comenzó hace 17 años y acumuló más de 3 toneladas de pruebas documentales. Según Texidor, hubo dilaciones que no se hubieran producido en un caso común.

"Un ciudadano de a pie hubiese sido condenado mucho antes", afirmó.

Finalmente, destacó que el reciente accionar de la Corte y del TOF N.º 2 demuestra que, pese a las presiones políticas y sociales, "la Justicia actúa según mérito y conveniencia, no según el calendario electoral".