La prepaga Medicus informó que la sentencia ya se encuentra firme y que procederá a realizar esa devolución. Explicó como instrumentará el trámite con aquellos que siguen siendo afiliados y con los que ya no lo son.
La prepagaMedicus publicó en la Web un fallo en su contra según el cual debe devolver a sus afiliados el sobreprecio en el aumento de cuotas que no había sido autorizado por el Gobierno. En este caso corresponden, según se detalla, a cuotas de los años 2011 y 2012, subas que repercutieron desde entonces en el valor de las sucesivas cuotas.
La causa fue iniciada por Lucas Augusto Adamoli contra la prepaga y fue tramitada en el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Federal N°4, a cargo de José Luis Cassinerio. Según informó Medicus, la causa ya tiene sentencia firme y lo ha informado en sus redes sociales. Fuentes de la empresa confirmaron a Clarín el fallo.
Una de las cuotas cuestionadas es la que que tuvo vencimiento el 12 de diciembre de 2011, cuando se aplicó un incremento del 9,5 por ciento. La segunda corresponde a la factura con fecha de pago el 10 de mayo de 2012, que tuvo una suba del 5 por ciento.
"Se determinó que Medicus S.A deberá reintegrarle a los afiliados en la época de los aumentos no autorizados las sumas que surjan de la diferencia entre el monto facturado con posterioridad al mes de diciembre de 2011 y el monto que debía efectivamente abonar sin dicho aumento de cuota y que, dicha suma a determinar, llevará intereses desde la fecha en que se efectuó cada erogación indebidamente facturada por Medicus S.A.", informó la compañía.
Ese cálculo de intereses, explicó la prepaga, se hará "conforme a la tasa activa vencida que percibe el Banco de la Nación Argentina en sus operaciones de descuento a treinta días". Y agregó: "Para aquellos beneficiarios que aun se encuentran afiliados a Medicus S.A la suma a compensar será acreditada mediante notas de crédito en las sucesivas cuotas de afiliación y, en el caso de los que no se encuentren afiliados en la actualidad, deberán acreditar dicha condición a los fines de que Medicus S.A efectúe el reintegro".
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