Politica Ley de Tierras

Tras la polémica por el DNU, la Corte Suprema  define este viernes si restituye las restricciones a la venta de tierras a extranjeros

Tras el revuelo por el fallo sobre el DNU 70/23, el máximo tribunal fijó para este viernes a las 9:00 una reunión clave para tratar una medida cautelar que podría reponer las restricciones a la venta de campos a extranjeros. Para agilizar el trámite, los jueces redujeron a 24 horas el plazo de impugnación de los conjueces sorteados.

Jueves, 8 de Octubre de 2026

La Corte Suprema de Justicia de la Nación convocó para este viernes a las 9:00 de la mañana a un Acuerdo Extraordinario con el objetivo de emitir un nuevo fallo en torno a la Ley de Tierras. La decisión podría dejar vigentes nuevamente las restricciones a la compra de campos por parte de extranjeros que habían sido derogadas por el decreto 70/2023 del Gobierno nacional.

Para acelerar los tiempos procesales, antes de fijar la fecha del cónclave, los ministros del máximo tribunal habilitaron días y horas inhábiles y redujeron de 72 a 24 horas el plazo para que las partes presenten impugnaciones contra la integración de los dos conjueces sorteados para el expediente: Diego Barroetaveña (de Casación) y Juan Ignacio Pérez Curci (de la Cámara Federal de Mendoza), quienes ya aceptaron el cargo. Como suplentes habían quedado designados Jorge Morán y Eduardo Farah.

El trasfondo del expediente y el reclamo colectivo

El caso bajo análisis responde a un pedido de medida cautelar impulsado por la Asociación Civil Árbol de Pie y otros demandantes -entre los que figuran las comunidades indígenas Lafkenche y Lof Fvta Anecon-, vinculado al proceso colectivo promovido por el Centro de Excombatientes Islas Malvinas (CECIM) de La Plata. Los involucrados solicitaron una aclaratoria para precisar el alcance del fallo sobre su expediente, al haber sido tramitado como un caso conexo.

Esta nueva instancia se abre luego de la decisión adoptada la semana pasada por la propia Corte, que revocó una sentencia previa que declaraba la inconstitucionalidad de la derogación de la ley 26.737, al argumentar que el CECIM carecía de legitimación activa para cuestionar la medida. Aquella resolución desató fuertes críticas políticas de la oposición y avivó la amenaza de un debate parlamentario para rechazar en el Congreso la totalidad del DNU 70/23.

Ante el revuelo generado, el tribunal emitió un comunicado aclarando que se había limitado a resolver "un aspecto procesal" ajustado a sus precedentes, y que su fallo no afectaba a otras medidas cautelares vigentes en distintos tribunales ni impedía a terceros reclamar por la vía judicial.

Los escenarios posibles

Con el Acuerdo Extraordinario fijado para este viernes, la Corte tiene ante sí dos caminos procesales: definir si devuelve el expediente a la justicia federal de La Plata o de Bariloche, o bien tratar el asunto de manera directa, una vía excepcional reservada para situaciones de extrema urgencia.

Lo que se define en lo inmediato es si la cautelar del amparo colectivo logra reponer, de forma provisoria, los límites a la extranjerización de tierras rurales, abriendo un nuevo capítulo en la disputa judicial en torno a las reformas económicas del Ejecutivo.