El caso de Emiliano Endrizzi en Jujuy reaviva el debate sobre intimidación pública: qué dice el Código Penal y qué pena podría enfrentar tras el incidente aéreo.
El escándalo ocurrido en el Aeropuerto Internacional Gobernador Horacio Guzmán de Jujuy, donde el futbolista Emiliano Endrizzi gritó "bomba" antes del despegue, no solo provocó pánico entre los pasajeros, sino que también abrió un fuerte interrogante judicial sobre las consecuencias penales de su accionar.
De acuerdo con el artículo 211 del Código Penal argentino, el hecho encuadra dentro del delito de intimidación pública. La norma establece que será sancionado quien genere alarma o temor colectivo mediante amenazas o advertencias de peligro, incluso cuando no exista una situación real. En ese sentido, la legislación prevé penas de entre dos y seis años de prisión para quienes "dieren voces de alarma o amenazaren con la comisión de un delito de peligro común", una descripción que se ajusta directamente a lo sucedido en el avión.

Además, el jefe de Gabinete y la secretaria General de Presidencia viajarán a Vaca Muerta el jueves. También habrá una cumbre de la mesa política en Casa Rosada y una ofensiva en Diputados con foco en las declaraciones juradas de la oposición.
Aunque no se haya tratado de una amenaza concreta, el accionar de Endrizzi derivó en la evacuación inmediata de la aeronave, la activación de protocolos de seguridad y la intervención de fuerzas especializadas, elementos que la Justicia suele considerar al momento de evaluar la gravedad del hecho.
Además, el Código Penal contempla escenarios más severos. En casos donde se utilicen elementos materiales peligrosos, como explosivos o sustancias químicas, la pena puede escalar a un rango de entre tres y diez años de prisión. Si bien no hubo un artefacto real en este episodio, el impacto generado podría influir en la calificación judicial.
Fuente: Minuto Uno