Mendoza Trámites viales

Proponen que las multas de tránsito fuera de Mendoza no impidan renovar la licencia de conducir

Una iniciativa ingresada en la Cámara de Diputados busca reformar la Ley de Tránsito provincial para que los centros emisores no exijan el pago compulsivo de actas interjurisdiccionales no notificadas. Piden desdoblar la boleta del trámite.

Domingo, 1 de Noviembre de 2026

Con el objetivo de terminar con las trabas administrativas al momento de tramitar el carnet de conducir, ingresó a la Cámara de Diputados de Mendoza un proyecto de ley para prohibir que las multas viales impagas en otras provincias bloqueen la renovación de la licencia. La iniciativa, impulsada por el legislador Gustavo Cairo junto a Ismael Jadur, apunta a resolver una problemática recurrente en la que cientos de conductores locales descubren recién frente a la ventanilla comunal que registran fotomultas interjurisdiccionales no notificadas, sin sentencia firme o incluso labradas sobre vehículos y trayectos ajenos.

En los fundamentos del texto parlamentario, los legisladores advierten que el obstáculo central obedece al diseño operativo del sistema del Centro Nacional de Antecedentes de Tránsito (CENAT), administrado por la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV). Actualmente, la plataforma emite una boleta unificada que fusiona el canon administrativo obligatorio del trámite —cercano a los $10.000— con las deudas por infracciones reclamadas por otros distritos, obligando a los usuarios a cancelar sumas imprevistas de forma compulsiva para evitar la paralización del trámite y la pérdida del registro para circular.

Modificación al artículo 21 de la Ley 9024 y adecuación de boletas

La propuesta legislativa plantea una reforma concreta sobre el artículo 21 de la Ley de Tránsito Provincial N° 9024, en sintonía con las directrices de simplificación y desregulación de trámites administrativos. De aprobarse la normativa, se incorporará una cláusula taxativa que dispone: “La existencia de multas de tránsito interjurisdiccionales registradas en el CENAT no bloqueará la prosecución del trámite de renovación de la Licencia de Conducir, debiendo los centros emisores de las mismas adecuar sus sistemas informáticos y boletas de pago a tal efecto”.

Para operativizar el cambio en los centros emisores municipales, el articulado demanda que se habilite técnicamente el desdoblamiento de la boleta de cobro. De este modo, los solicitantes podrán abonar exclusivamente la tasa de gestión oficial del organismo nacional para obtener su credencial habilitante, mientras que las multas reclamadas por jurisdicciones foráneas deberán canalizarse por las vías legales y judiciales pertinentes en los distritos de origen para determinar su validez y exigibilidad legal.

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