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Mendoza endureció las sanciones y las multas a quienes tiren basura en las acequias

La reforma del Código Contravencional fue aprobada por unanimidad. Las multas por afectar la infraestructura hídrica llegarán hasta $1,8 millones para particulares y $6 millones para empresas.

Martes, 6 de Octubre de 2026

El Senado de Mendoza convirtió en ley una reforma del Código Contravencional que eleva las multas y suma nuevas sanciones para quienes arrojen residuos en espacios públicos o privados, especialmente cuando esas conductas puedan perjudicar acequias, canales, colectores u otras obras vinculadas con el sistema hídrico.

La modificación de la Ley 9.099 fue aprobada por unanimidad y quedó lista para ser promulgada por el Poder Ejecutivo. La iniciativa surgió de proyectos presentados por los diputados Gustavo Perret, Franco Ambrosini y Cecilia Rodríguez y apunta a reforzar las herramientas de control frente a prácticas que generan contaminación, obstrucciones y daños en la infraestructura.

Uno de los cambios alcanza a quienes arrojen o acumulen escombros, residuos, malezas, aguas servidas o metales en calles, plazas, parques, senderos, terrenos, viviendas, puentes, acequias, canales, colectores y cursos de agua.

En esos casos, las multas irán de 1.000 a 2.000 Unidades Fijas, lo que actualmente representa entre $600.000 y $1,2 millones. A la sanción económica podrán sumarse arrestos de entre 10 y 20 días y hasta 30 días de trabajo comunitario en tareas de limpieza.

Además, el responsable deberá pagar los gastos derivados de la remoción, limpieza y traslado de los residuos. Si la infracción es cometida por un menor de edad, la normativa contempla la responsabilidad solidaria de padres, tutores o guardadores en los casos previstos por la ley.

Uno de los puntos más importantes de la reforma tiene que ver con la protección de la red hídrica de la provincia. Para ello se incorporó un nuevo artículo que sanciona específicamente las conductas que puedan afectar canales, acequias, colectores, acueductos, hijuelas, cauces, obras de toma y estructuras destinadas al drenaje pluvial o aluvional.


En estos casos, las multas serán más altas y podrán ubicarse entre 1.500 y 3.000 Unidades Fijas, equivalentes a montos de entre $900.000 y $1,8 millones.


También podrán aplicarse entre 15 y 25 días de arresto y 25 días de trabajo comunitario.


La nueva normativa establece además que no será necesario que se produzca efectivamente una obstrucción, un desborde o un daño para que exista una contravención. Será suficiente con comprobar que se arrojaron elementos capaces de generar contaminación o afectar el normal funcionamiento de la infraestructura.


Durante el tratamiento legislativo, la senadora Yamel Ases, presidenta de la comisión de Ambiente, remarcó que la protección del sistema hídrico no solo tiene una dimensión ambiental, sino también sanitaria y de seguridad.


"El que contamina paga", sostuvo durante el debate.


La reforma también incorpora sanciones específicas para empresas y otras personas jurídicas. Cuando las infracciones sean cometidas en el marco de una actividad comercial o en beneficio de una entidad, las multas podrán ir de 5.000 a 10.000 Unidades Fijas.


Con los valores actuales, eso representa entre $3 millones y $6 millones.


Además de la multa, podrán aplicarse medidas como decomisos, clausuras o inhabilitaciones, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que correspondan a quienes hayan participado de la infracción.


Otro de los puntos contemplados es el agravamiento de las sanciones durante situaciones de emergencia hidrometeorológica o catástrofes declaradas.


En esos contextos, los montos mínimos y máximos de las multas podrán duplicarse, debido al riesgo adicional que representan los residuos y escombros cuando terminan bloqueando cauces, acequias o colectores durante lluvias intensas o episodios de inundación.


La ley también establece que parte de los fondos recaudados a través de estas sanciones será destinada a los cuerpos de Bomberos Voluntarios de Mendoza que tengan certificado de operatividad vigente.


La distribución se realizará de manera anual y de acuerdo con los criterios que determine la reglamentación.


Ese esquema incluirá no solo las multas vinculadas con residuos e infraestructura hídrica, sino también recursos provenientes de otras contravenciones previstas en el Código, como determinadas faltas relacionadas con pirotecnia, eventos deportivos, incumplimiento del deber de cuidado de menores y situaciones de riesgo de incendio.


Con la sanción definitiva, Mendoza amplía las penas para quienes arrojen residuos y pone el foco especialmente en la protección de acequias, canales y colectores, claves para el funcionamiento del sistema hídrico y para evitar problemas durante episodios de fuertes lluvias.