La subsecretaria de Educación se refirió a la nueva medida.
La provincia de Mendoza avanza en la regulación de los jardines maternales de gestión privada con una nueva ley que establece requisitos obligatorios para el funcionamiento de estas instituciones destinadas al cuidado y educación de niños desde los 45 días de vida. La medida incorpora controles, registros y condiciones específicas que deberán cumplir todos los establecimientos privados que trabajen con primeras infancias.
Uno de los principales cambios que introduce la normativa es la creación de un registro único obligatorio para todos los jardines maternales privados de la provincia. A partir de ahora, cada institución deberá estar inscripta formalmente para poder funcionar, independientemente de si recibe o no subvención estatal.
Hasta el momento, muchos jardines privados funcionaban únicamente con habilitación municipal como actividad económica, sin estar regulados específicamente por el Estado provincial. Con la nueva legislación, la inscripción en el registro será obligatoria y permitirá que las familias puedan identificar fácilmente si el establecimiento está autorizado.
"Todos los jardines maternos que atiendan niños desde 45 días en adelante deben estar registrados en el registro único de la provincia", explicó Claudia Ferrari, subsecretaria de Educación de la Dirección General de Escuelas.
La nueva normativa también fija límites en la cantidad de niños por sala y establece condiciones concretas sobre el personal encargado del cuidado y educación de los menores. Entre los requisitos, se determina que la dirección de cada institución deberá estar a cargo de un docente del nivel inicial, aunque el propietario del jardín no sea docente.
Además, los docentes y auxiliares deberán contar con títulos habilitantes o formación afín, mientras que el personal tendrá que poseer certificado de manipulación de alimentos vigente.
Otro de los puntos destacados de la ley es la incorporación de auxiliares de apoyo. La reglamentación establece que deberá haber un auxiliar cada tres salas para acompañar tareas vinculadas a la alimentación, higiene, descanso y cuidado diario de los niños.
"Es muy importante que las personas que están a cargo de los niños realmente tengan los conocimientos que corresponden para garantizar su seguridad y favorecer su desarrollo", sostuvo Ferrari.
La supervisión quedará bajo la órbita de la Dirección General de Escuelas, a través de la Dirección de Centros Educativos de Primera Infancia, que tendrá facultades para acompañar y controlar el funcionamiento pedagógico de los jardines maternales privados.
El objetivo de la ley es brindar mayor seguridad y transparencia a las familias que dejan a sus hijos en instituciones privadas mientras trabajan o realizan otras actividades. La normativa busca garantizar espacios seguros, con personal capacitado y proyectos educativos adecuados para la primera infancia.
"Es una medida que intenta avanzar hacia un tratamiento de las primeras infancias con muchísima responsabilidad", destacó la funcionaria.
La ley prevé además un período de adecuación de seis meses para aquellos jardines que ya se encuentran funcionando y todavía no cumplen con todos los requisitos exigidos. Durante ese plazo podrán regularizar su situación para continuar operando.
En tanto, todos los nuevos jardines maternales privados que quieran abrir en Mendoza deberán cumplir con todas las condiciones desde el momento de iniciar el trámite de inscripción.
Con esta regulación, la provincia apunta a fortalecer los controles sobre los espacios de cuidado infantil y ofrecer mayor confianza a los padres respecto de la seguridad, higiene y calidad educativa de los establecimientos privados destinados a los más chicos.