Frente a un clima de extrema incertidumbre, muchas personas buscan comprar dólares en el mercado oficial y MEP para cubrirse ante una dolarización
El triunfo de Milei generó sorpresa en el mercado que preveía un triunfo cómodo de Juntos por el Cambio, seguido del gobierno y La Libertad Avanza en tercer lugar. Frente a este escenario y una potencial dolarización, muchas personas buscan dolarizar sus ahorros, por lo que si te preguntas "qué pasa si compro dólares y no estoy habilitado" desde iProfesional respondemos a ese y otros interrogantes.
En el casi de estar inhabilitado para comprar dólares en el mercado oficial (dólar ahorro) es probable que no estés inhabilitado para adquirir dólar MEP o bolsa. Además, siempre existe la alternativa del "dólar cripto", un tipo de cambio ilimitado, legal y con pocas "trabas cambiarias".
En este sentido, los siguientes grupos no pueden comprar dólares:
En cuanto al dólar MEP, deberás tener una cuenta comitente y no estar dentro de los siguientes grupos:
Las limitaciones a la compra de dólares, ya sea el ahorro o MEP, son impuestas por el BCRA y la Comisión Nacional de Valores (CNV). En este sentido, la "única restricción" en la que AFIP se ve involucrada es con el requisito de contar con ingresos declarados.
En el caso de estar inhabilitado por ser deudor lo podrás consultar a través de la Central de Deudores del BCRA. En caso contrario, lo mejor es que te comuniques directamente con tu banco u entidad financiera para que te den mas detalles sobre la inhabilitación de tu cuenta.
Dependiendo del tipo de cambio al que quieras acceder serán los requisitos para la compra de dólares. En el caso del dólar ahorro, uno de los tipos de cambio más restrictivos, podrás adquirirlo si cumplís con todo lo establecido previamente.
En el caso del dólar MEP, a los requisitos mencionados a lo largo de la presente nota, se le suma contar con una cuenta comitente. Además, en ambos casos, deberás temer una caja de ahorro o cuenta corriente a tu nombre, tanto en pesos como en dólares.
Según el origen de la transferencia, existen consideraciones importantes que deberás tener en cuenta.
Por ejemplo, si recibís una transferencia en dólares desde el extranjero, deberás facturarlos y declararlos, liquidándolos en el Mercado Único y Libre de Cambios, también conocido como MULC, donde obtendrás un tipo de cambio cercano al oficial. En este caso, no existen riesgos asociados, aunque no es una opción muy popular debido a la gran diferencia entre este tipo de cambio y los "libres", como el MEP.
Por otro lado, si la transferencia proviene de una persona local, existe el riesgo de que, si no justificás la operación, el banco o entidad financiera interprete que estás adquiriendo dólares de forma particular, lo cual viola la Ley Penal Cambiaria. En esta situación, el banco puede exigirte que justifiques el origen del dinero y, de no hacerlo, puede elaborar un informe por posible violación de dicha ley.
En el caso de que la transferencia esté debidamente justificada o sea una transferencia entre tus propias cuentas, simplemente deberás presentar la documentación correspondiente a la entidad financiera. Las formas más comunes de hacerlo son a través del homebanking o por correo electrónico. Sin embargo, también es posible que presentes la documentación de forma presencial si la entidad financiera ofrece atención en sus sucursales, frente a un oficial de cuentas.