ARCA definió nuevos topes para movimientos en bancos y billeteras virtuales: cómo serán los controles y qué medidas tomar para no tener inconvenientes.
En el sistema financiero actual, ARCA mantiene bajo control el movimiento de fondos entre cuentas propias, una práctica cada vez más habitual para pagar gastos, trasladar ahorros o ordenar las finanzas. Sin embargo, muchos usuarios desconocen que existen límites en transferencias que pueden activar controles automáticos por parte de los organismos fiscales.
Durante marzo de 2026, la ARCA sostiene una serie de normativas que obligan tanto a bancos como a billeteras virtuales a informar determinados movimientos.
Estos topes de control no prohíben operar con el dinero, pero sí implican que la ARCA supervise las transferencias que superan ciertos montos, con el objetivo de garantizar la transparencia financiera.
Según las normas vigentes, las entidades financieras deben elevar reportes mensuales cuando los movimientos acumulados de un cliente alcanzan o superan ciertos montos. Para personas físicas, el piso de movimientos reportables es de $50.000.000, mientras que en el caso de empresas o personas jurídicas el umbral baja a $30.000.000 mensuales.
Un aspecto central para quienes operan con dólares o criptomonedas es cómo se calculan estos límites de control. La normativa indica que los montos en moneda extranjera deben pasarse a pesos para evaluar si se supera el tope de reporte. Para eso, se toma la cotización tipo comprador del Banco Nación al cierre del último día hábil del mes. En el caso de los activos digitales, se aplica el mismo criterio, usando su valor de mercado al finalizar el período.
Para evitar problemas con bancos o billeteras virtuales, es clave poder justificar el origen de los fondos, incluso en transferencias entre cuentas propias. Cuando se detectan movimientos elevados, las entidades pueden pedir documentación respaldatoria. Si no se presenta, la situación puede escalar a un reporte de operación sospechosa ante la Unidad de Información Financiera (UIF).