Según datos oficiales, en octubre tuvieron descuentos por el tributo poco más de 737.500 asalariados y jubilados, mientras que en enero lo habían pagado 187.000 personas; qué pasó en diferentes meses y cómo se actualizará en enero el gravamen, que en 2020 llegó a alcanzar a 2,4 millones de personas
De todas formas, si bien para lo percibido en agosto -ese mes los "retenidos" fueron 664.526- ya regía la ley aprobada este año, en general las empresas no llegaron a instrumentar en ese momento los cambios y, por tanto, los efectos completos se vieron en septiembre, cuando la carga impactó en 738.930 personas, sin que se llegara a superar el millón de casos, como ocurría hasta agosto de 2023.
Los datos fueron aportados a LA NACION por la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), tras un pedido hecho por el procedimiento de acceso a la información pública. La estadística indica que en enero de 2024 pagaron Ganancias 187.054 asalariados y jubilados. El número había sido más bajo en noviembre y diciembre de 2023 (123.680 y 129.513 personas respectivamente), dados los cambios normativos implementados entonces, en el marco del denominado "plan platita". Según un informe presentado ante el Congreso por el jefe de Gabinete, Guillermo Francos, semanas atrás, con cifras desde enero de 2020, la cantidad récord de "retenidos" se dio en diciembre de ese año, con 2.425.880 personas alcanzadas por el tributo.
Durante el primer semestre del año actual la cantidad de trabajadores alcanzados por el tributo fue creciendo, como efecto de que el piso salarial para tributar no se modificó (estaba previsto un reajuste en julio, que no se aplicó), al tiempo que las remuneraciones fueron teniendo aumentos nominales para intentar hacerle frente a la inflación, que, entre enero y junio fue de 79,8%.
Lo ocurrido con la inflación y los salarios provocó que, aun con el ahora derogado esquema del "impuesto cedular a los mayores ingresos" (tal la denominación del tributo que rigió según la ley 27.725, de 2023), más personas fueran alcanzadas por el gravamen. Entre enero y junio, siempre según la información oficial, el número de "retenidos" pasó de 182.836 a 370.916 entre los asalariados, y de 4218 a 16.412 entre los jubilados. Para julio, la ley anterior preveía una actualización del esquema y el ingreso piso para pagar iba a saltar de $2,34 millones a unos $3,8 millones, con lo cual muchos hubieran quedado al margen del descuento. Ese reajuste no llegó a hacerse, porque antes se reformó la ley.
Al implementarse los cambios aprobados por la ley 27.743, de Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes propuesta por el gobierno actual, la cantidad de personas retenidas se incrementó, aunque no en la magnitud de la cual se hablaba durante el debate en el Congreso. La reforma comenzó a regir con los salarios percibidos en agosto y ese mes hubo 664.526 personas con retenciones. Sin embargo, en general las empresas liquidaron los salarios incluyendo las modificaciones de la ley recién un mes después, dada la manera tardía en que se conoció la reglamentación necesaria para hacer los cálculos. En el noveno mes fueron 738.930 quienes tributaron.
Con el cambio de reglas de mediados de este año volvieron a permitirse las deducciones por cónyuge y por hijos declarados a cargo, y también -con límites predefinidos- las deducciones por varios gastos, como los médicos o los de educación. Eso puede haber provocado una amortiguación del efecto de la baja del piso de ingresos para tributar.
¿Por qué los retenidos fueron algo más en septiembre que en octubre? Una explicación estaría en el hecho de que la mencionada ley de medidas fiscales previó, solo para este año, una actualización del esquema de Ganancias con vigencia a partir de los ingresos cobrados en septiembre. Y -una vez más-, como la reglamentación llegó tarde, el cambio se puso en práctica con los salarios cobrados en octubre (con efecto retroactivo). La actualización entonces aplicada hizo que se elevara el piso de ingresos para comenzar a tributar, y, por tanto, hubo personas que quedaron liberadas del tributo y también personas para las cuales se evitó la situación de empezar a tener retenciones.
Mientras que en la primera mitad del año estaban alcanzados por Ganancias los salarios de al menos $2.340.000 (sin importar si la persona tenía o no a otras que estuvieran económicamente a su cargo), para los salarios devengados desde julio y percibidos hasta agosto rigió un piso para tributar de $1.800.000 de sueldo bruto, en el caso de dependientes sin familiares a cargo, y un piso cercano a $2.400.000 para quienes deducían cónyuge y dos hijos menores de 18 años.
La actualización reglamentada por la exAFIP durante octubre, pero que rige desde lo cobrado en septiembre, implicó un incremento tanto del valor de las deducciones (y, en consecuencia, de los salarios más bajos alcanzados por el tributo), como de los valores de la tabla que define qué alícuota se aplica. La suba fue de 13,35%, un porcentaje que equivale a la inflación acumulada entre junio y agosto. Y el salario más bajo alcanzado por la carga quedó, por tanto, en $2.040.300 en el caso de los trabajadores sin deducciones por familiares o por determinados gastos.
Sin embargo, por cuestiones técnicas decididas para la implementación, el efecto en cuanto a un alivio en la carga se verá en forma completa cuando se haga la liquidación final del impuesto correspondiente a 2024, algo que ocurrirá con el pago de los salarios de abril próximo. Por lo cobrado durante los últimos cuatro meses de 2024, el impuesto a descontar se calcula en función de un esquema dispuesto por ARCA, que contempla solo parcialmente la actualización explicada en el párrafo anterior.
Para el primer mes de 2025, en tanto, deberá aplicarse una nueva actualización de todos los valores del esquema, según un coeficiente que surgirá de la suba acumulada por el Índice de Precios al Consumidor (IPC) del Indec entre septiembre y diciembre de este año. Como hasta noviembre ese porcentaje fue de 8,85%, si en el mes actual la inflación fuera de igual magnitud que la del período previo, se llegaría a un índice de alrededor de 11,5%. Y ese sería el porcentaje en el que se actualizarían los pisos para tributar, además de los valores de la tabla de alícuotas.
Tanto la actualización hecha en septiembre de este año, como el hecho de que el reajuste para enero próximo se haga considerando la inflación de solo cuatro meses, son medidas de excepción, según marcan la ley de medidas fiscales y sus reglamentaciones. Durante 2025 los valores se incrementarán en julio, según la inflación de enero a junio. (La nación)