El Tribunal Oral Federal 2 analizó los informes de los organismos de control que evidenciaron un cumplimiento a las normas establecidas. La expresidenta se ausentó en algunas oportunidades para declarar en el juicio por la causa Cuadernos y para asistir a turnos médicos. La advertencia por los actos organizados por la militancia.
El Tribunal Oral Federal N° 2 (TOF 2) resolvió este miércoles mantener la prisión domiciliaria de la expresidenta Cristina Kirchner. La decisión, firmada por el juez Rodrigo Giménez Uriburu, concluyó que la exmandataria cumplió de manera adecuada con las condiciones fijadas para su detención en el domicilio de la calle San José 1111, en el barrio porteño de Constitución, modalidad que cumple desde junio de 2025.
La resolución judicial se sustentó principalmente en los informes trimestrales de los organismos de supervisión: la Dirección de Control y Asistencia de Ejecución Penal (DCAEP) y la Dirección de Asistencia de Personas Bajo Vigilancia Electrónica (DAPVE). De acuerdo con los reportes correspondientes a los meses de abril, mayo y junio, Fernández de Kirchner mostró en todo momento una "actitud de colaboración y buena predisposición", manteniendo un trato cordial y respetuoso con el personal a cargo.
Según se detalla en el fallo, los controles periódicos verificaron un cumplimiento estricto del régimen de visitas a través de la revisión del libro de ingresos y egresos de la vivienda, sin que se detectara la presencia de personas no autorizadas. En cuanto a la vigilancia electrónica, los informes confirmaron que "no se ha visto interrumpido en momento alguno el control de su geolocalización".
El tribunal constató que la exmandataria solo abandonó su domicilio para cumplir con compromisos previamente avalados por la Justicia. Entre ellos, se destacan sus comparecencias ante el Tribunal Oral Federal N° 7 para declarar en el marco del juicio por la "causa Cuadernos", y diversos traslados médicos.
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Mediante una carta, un magistrado del TOF N.º 7 le solicitó al presidente que frene el concurso para su reemplazo
La documentación detalla salidas a la Clínica Cecchi por tratamientos odontológicos y al Sanatorio Otamendi para realizarse chequeos médicos derivados de una intervención quirúrgica previa. Todas estas movilizaciones se desarrollaron "sin inconvenientes y de acuerdo con las pautas establecidas". A nivel de salud, se precisó que continúa con su tratamiento diario por la falta de glándula tiroides y que ha recibido vacunas en su domicilio.
El punto de mayor tensión en el documento judicial giró en torno al episodio del pasado 14 de junio, cuando se registró una manifestación militante en las inmediaciones de su domicilio. Este "banderazo" generó en su momento una intimación formal por parte de Giménez Uriburu.
En la resolución de este miércoles, el magistrado abordó el incidente y, si bien reconoció que justificó la advertencia impartida, aclaró que "no posee entidad suficiente para alterar, por sí mismo, la conclusión a que conducen los informes producidos por los organismos de control".
"Desde luego, la conclusión precedente no desconoce la relevancia del episodio acaecido el 14 de junio pasado ni minimiza los reparos que mereció la conducta entonces desplegada por la nombrada. Es una incidencia que merece ser considerada y tenida especialmente presente hacia el futuro, pero no alcanza a desvirtuar el cuadro general de cumplimiento", profundizó el juez.
Con todos estos elementos sobre la mesa, el TOF 2 concluyó que Cristina Kirchner "ha cumplido adecuadamente con el deber de permanencia en el domicilio", resolviendo así la continuidad de la modalidad de ejecución de su pena.