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La justicia ordenó suspender la venta de medicamentos fuera de las farmacias

La Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal dispuso frenar el expendio de analgésicos y antiácidos fuera del ámbito farmacéutico por considerar que supone riesgo sanitario.

Viernes, 25 de Abril de 2025

La Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal -Sala I- resolvió hacer lugar parcialmente a la medida cautelar solicitada por dos cámaras farmacéuticas y suspender los efectos de varios artículos del DNU 70/2023. Entre ellos está el que habilitaba la venta de medicamentos fuera de las farmacias y la posibilidad de que un farmacéutico estuviese a cargo de más de un local.

"La sentencia reconoce que la actividad farmacéutica no puede reducirse a una lógica comercial, y reafirma, en línea con el precedente "Farmacity" de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que el expendio de medicamentos es una función sanitaria indelegable que requiere la presencia, control e independencia profesional del farmacéutico", indicó un comunicado de la Confederación Farmacéutica Argentina (COFA) y la Federación Farmacéutica de la República Argentina (Fefara).

El fallo, firmado por Clara Do Pico, Liliana Heiland y Rodolfo Facio, suspendió los artículos 313, 314, 315, 316, 317, 319, 320, 321, 323 Y 324 del DNU 70, y en consecuencia todas las resoluciones reglamentarias. La Cámara Federal revirtió un fallo de primera instanciaque le había negado la cautelar a los farmacéuticos y había apoyado la postura del Gobierno.

El Gobierno había habilitado la venta de dos tipos de medicamentos de venta libre fuera de las farmacias: analgésicos y antiácidos. Ahora esa posibilidad deberá ser suspendida a partir del fallo de Cámara y habrá que esperar a que se resuelva la cuestión de fondo para saber cómo quedarán finalmente las competencias.

Entre los artículos que suspende el fallo aparece además el que permitía que un farmacéutico pudiera atender más de una farmacia. Sobre esto la Justicia laboral ya había dejado un antecedente a favor de los farmacéuticos, pero ahora el fuero en lo Contencioso Administrativo Federal ratifica esa postura.


Los medicamentos ahora sólo podrán ser vendidos dentro de las farmacias.

La cautelar también deja por el momento sin efecto la posibilidad de que las droguerías se constituyan como "farmacias" y puedan vender medicamentos directamente al público.

Si bien los tres jueces coincidieron en la decisión jurídica, es decir revocar el fallo de primera instancia y conceder parcialmente la medida cautelar solicitada por COFA Y Fefara, Facio votó "por su voto" sin apartarse del fallo mayoritario pero mediante una adhesión con argumentos propios.

Clarín consultó al Ministerio de Salud de la Nación para conocer su postura sobre este fallo. Respondieron que por el momento preferían no hacer comentarios.

"Una farmacia centrada en la salud"

Ricardo Pesenti, presidente de COFA, dijo a este medio: "En el último tiempo habíamos reunido importante información sobre la venta de medicamentos por fuera de las farmacias con serias irregularidades. Entre ellas lo que sucedía con la venta de hasta antibióticos a través de Internet".

Agregó: "Celebramos este importante paso en la defensa del derecho a una atención farmacéutica segura y profesional, que pone en el centro de la política sanitaria al paciente. Este fallo refuerza la legitimidad de nuestra lucha por una farmacia centrada en la salud, la seguridad del medicamento de manos de un profesional farmacéutico, pilares esenciales de un sistema sanitario justo, accesible y con equidad".

En el precedente de la llamada causa "Farmacity", en el que la Cámara fundamentó una parte importante del nuevo fallo, la Corte Suprema esgrimió conceptos tales como: "El expendio de medicamentos, por sus especiales características, es una actividad inescindible del ejercicio de la profesión farmacéutica", o "la norma impugnada pretende proteger la salud de quienes consumen medicamentos, que constituyen un grupo especialmente vulnerable", para agregar que "es pertinente mencionar que si los medicamentos se consumen innecesaria o incorrectamente pueden perjudicar gravemente la salud, incluso sin que el paciente pueda advertirlo durante su administración".

El fallo conocido este jueves implica un revés en la intención del Gobierno de desregular la venta de medicamentos, con la posibilidad de que más bocas de expendio puedan comercializarlos y de esa manera -según la lógica oficial, también refutada por los demandantes en el marco del amparo- alentar una mayor competencia que redunde en una reducción de los precios.

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