La normativa, que fue publicada hoy en el Boletín Oficial, incluye a la educción, la aeronáutica comercial y el transporte marítimo entre los servicios que deberán garantizar un funcionamiento de entre 50 y 75% en caso de estar en conflicto.
A través del decreto 340/2025, publicado este miércoles en el Boletín Oficial, el Gobierno limitó el derecho a huelga y amplió las actividades consideradas esenciales, es decir, aquellas que deberán garantizar de manera obligatoria un funcionamiento de entre 50 y 75% en caso de estar en conflicto.
"Los conflictos colectivos que pudieren afectar la normal prestación de servicios esenciales o actividades de importancia trascendental quedan sujetos a las siguientes garantías de prestación de servicios mínimos", indica el artículo 3 de la normativa.
Asimismo, precisa: "En lo que respecta a la prestación de servicios mínimos, en el caso de los servicios esenciales, en ningún caso se podrá negociar o imponer a las partes una cobertura menor al 75% de la prestación normal del servicio de que se tratare. En el caso de las actividades o servicios de importancia trascendental, en ningún caso se podrá negociar o imponer a las partes una cobertura menor al 50%".
Manuel Adorni anunció que la Secretaría de Derechos Humanos pasará a ser una subsecretaría y que se despedirá al 30% de los trabajadores del área.
Cuáles son los servicios esenciales a partir de ahora
Según el decreto 340/2025, se considerarán servicios esenciales a partir de ahora:
El cuidado de menores y educación de niveles guardería, preescolar, primario y secundario, así como la educación especial.
La aeronáutica comercial y el control de tráfico portuario; incluyendo balizamiento, dragado, amarre, estiba, desestiba, remolque de buques y todos los servicios portuarios.
Los servicios aduaneros y migratorios, y demás vinculados al comercio exterior.
El transporte marítimo y fluvial de personas y/o mercaderías y/o carga, servicios conexos y operaciones costa afuera, a través de los distintos medios que se utilicen para tal fin.
La producción, transporte y distribución de gas y otros combustibles.
Los servicios sanitarios y hospitalarios, así como el transporte y distribución de medicamentos e insumos hospitalarios y los servicios farmacéuticos.
Los servicios de telecomunicaciones, incluyendo internet y comunicaciones satelitales.
El control de tráfico aéreo.
La producción, transporte y distribución y comercialización de agua potable y energía eléctrica.