Argentina Medidas

Vapeadores, tabaco calentado y bolsitas de nicotina deberán incluir advertencias

Al mismo tiempo se redujo la variedad de mensajes exigidos sobre el impacto en la salud que se incluyen en las publicidades de los cigarrillos.

Lunes, 6 de Julio de 2026
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El gobierno de Javier Milei, a través de la Resolución 796/2026 del Ministerio de Salud, ha extendido las advertencias sanitarias sobre el consumo de cigarrillos a los cigarrillos electrónicos (DCE), dispositivos de tabaco calentado (DPTC) y bolsas de nicotina (BN), cuya venta fue regulada en abril. La cartera de Salud definirá los mensajes, pictogramas e imágenes, y un chatbot de WhatsApp ofrecerá información para dejar el tabaco y recibir denuncias.

La normativa establece que estos nuevos productos de nicotina, anteriormente excluidos de la Ley 26.687, tienen 180 días para adecuar sus empaques y publicidad. Deberán incluir la leyenda "este producto contiene nicotina altamente adictiva" en un 20% de la superficie publicitaria y en carteles de al menos 20 centímetros en puntos de venta.

Para los productos de tabaco combustible, la publicidad incluirá un único pictograma de advertencia sobre el riesgo de diabetes y daño vascular, reemplazando la rotación de mensajes anteriores. Esta simplificación también se aplica a la cartelería en puntos de venta, donde el mensaje sobre diabetes será exclusivo para cigarrillos convencionales y la adicción a la nicotina para DCE, DPTC y BN. La norma también prohíbe explícitamente vapear y usar productos de tabaco calentado en espacios donde está prohibido fumar.